Exención Impuesto Circulación Discapacidad: cómo solicitarla

Impuesto de circulación para personas con discapacidad o movilidad reducida: exención del IVTM

Actualizado — julio 2026

El impuesto de circulación para personas con discapacidad puede estar exento si se cumplen los requisitos legales. Esta exención afecta al IVTM, también llamado Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, y se aplica tanto a determinados vehículos para personas con movilidad reducida como a vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo.

La duda más habitual es sencilla: ¿tengo que pagar el impuesto de circulación si tengo una discapacidad? La respuesta es que, en muchos casos, no. Pero no se aplica automáticamente: hay que solicitar la exención en el ayuntamiento correspondiente y aportar la documentación que acredite el derecho.

¿Quién puede no pagar el impuesto de circulación por discapacidad?

Pueden solicitar la exención las personas con discapacidad legalmente reconocida en grado igual o superior al 33 %, siempre que el vehículo esté matriculado a su nombre y se destine a su uso exclusivo. También están exentos los vehículos para personas de movilidad reducida definidos en el Reglamento General de Vehículos.

Resumen rápido – exención IVTM discapacidad
  • Beneficio: exención del Impuesto de Circulación.
  • Grado mínimo: discapacidad igual o superior al 33 %.
  • Vehículo: debe estar matriculado a nombre de la persona beneficiaria.
  • Uso: debe ser para uso exclusivo de la persona con discapacidad o para su transporte.
  • Límite: solo puede aplicarse a un vehículo simultáneamente.
  • Dónde se solicita: en el ayuntamiento que gestiona el IVTM.
  • Importante: la exención no suele aplicarse automáticamente; hay que pedirla.
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Índice

  1. Qué es la exención del impuesto de circulación por discapacidad
  2. Quién puede solicitar la exención
  3. Vehículos para personas con movilidad reducida
  4. Requisitos para no pagar el IVTM
  5. Documentos necesarios
  6. Cómo solicitar la exención paso a paso
  7. Desde cuándo se aplica la exención
  8. Casos habituales
  9. Errores frecuentes
  10. Preguntas frecuentes

Qué es la exención del impuesto de circulación por discapacidad

La exención del impuesto de circulación por discapacidad es un beneficio fiscal que permite no pagar el IVTM cuando el vehículo cumple determinados requisitos. No es una bonificación parcial: si se concede correctamente, el recibo puede quedar exento al 100 %.

Esta exención está prevista en la normativa estatal del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. La ley reconoce dos situaciones principales: los vehículos para personas de movilidad reducida y los vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo.

Aunque la norma es estatal, la gestión del impuesto corresponde al ayuntamiento. Por eso, el trámite se realiza en la sede electrónica o en las oficinas municipales del municipio donde esté domiciliado el vehículo.

Importante:

Tener una discapacidad reconocida no elimina automáticamente el recibo. La exención debe solicitarse expresamente y el ayuntamiento debe reconocerla. Hasta que no esté concedida, el impuesto puede seguir apareciendo como pendiente.

Quién puede solicitar la exención del IVTM por discapacidad

Puede solicitar la exención la persona titular de un vehículo que tenga reconocida legalmente una discapacidad igual o superior al 33 %, siempre que el vehículo sea para su uso exclusivo. Esto incluye tanto vehículos conducidos por la propia persona con discapacidad como vehículos destinados a su transporte.

En la práctica, esto significa que no siempre es necesario que la persona con discapacidad conduzca el coche. También puede tratarse de un vehículo usado para llevarla a citas médicas, rehabilitación, trabajo, estudios o desplazamientos habituales.

Situación¿Puede solicitar exención?Detalle importante
Persona con discapacidad igual o superior al 33 % y vehículo a su nombreDebe ser para su uso exclusivo.
Vehículo conducido por la propia persona con discapacidadDebe cumplir los requisitos municipales.
Vehículo usado para transportar a la persona con discapacidadNo siempre tiene que conducir la persona beneficiaria.
Persona con discapacidad que ya tiene otro vehículo exentoNo simultáneamenteSolo puede aplicarse a un vehículo al mismo tiempo.
Vehículo a nombre de otra persona sin cumplir requisitos específicosDependeHay que revisar la ordenanza municipal y la titularidad exigida.

La clave está en dos puntos: la discapacidad debe estar reconocida oficialmente y el vehículo debe cumplir las condiciones exigidas por el ayuntamiento.

Vehículos para personas con movilidad reducida: qué son exactamente

No todos los coches adaptados son automáticamente “vehículos para personas de movilidad reducida” en sentido técnico. La normativa de vehículos utiliza una definición concreta para esta categoría.

Un vehículo para personas de movilidad reducida es un vehículo construido especialmente para personas con alguna disfunción o incapacidad física, con una tara no superior a 350 kg y que por construcción no puede superar los 45 km/h en llano. No se trata simplemente de un turismo normal al que se le han instalado adaptaciones.

Diferencia importante:

Una cosa es un vehículo técnicamente clasificado como “vehículo para personas de movilidad reducida” y otra un coche, furgoneta o turismo adaptado para transportar o ser conducido por una persona con discapacidad. Ambos casos pueden tener relación con la exención, pero no son exactamente lo mismo.

Por eso, para la mayoría de usuarios, la búsqueda más habitual no es tanto “vehículo de movilidad reducida”, sino exención del impuesto de circulación por discapacidad.

Requisitos para no pagar el impuesto de circulación por discapacidad

Los requisitos pueden variar ligeramente según el ayuntamiento, pero hay unas condiciones generales que se repiten en la mayoría de municipios.

  • Discapacidad reconocida: normalmente igual o superior al 33 %.
  • Vehículo matriculado a nombre de la persona beneficiaria: es uno de los requisitos más habituales.
  • Uso exclusivo: el vehículo debe utilizarse para la persona con discapacidad, ya sea conducido por ella o destinado a su transporte.
  • Solo un vehículo: no se puede disfrutar de la exención en dos vehículos al mismo tiempo.
  • Solicitud expresa: hay que pedir la exención al ayuntamiento.
  • Documentación acreditativa: certificado de discapacidad, matrícula, permiso de circulación y declaración de uso exclusivo, según el municipio.

¿La discapacidad tiene que ser siempre del 33 %?

Con carácter general, la referencia más común es el 33 % de discapacidad. Algunos ayuntamientos pueden pedir condiciones adicionales en ciertos casos, como limitación de movilidad, características del vehículo o declaraciones responsables concretas.

Por eso es importante revisar el trámite del ayuntamiento donde el vehículo paga el IVTM. La norma estatal marca la base, pero cada administración municipal concreta el procedimiento y los documentos.

¿Puede aplicarse a más de un coche?

No. La exención del IVTM por discapacidad no puede aplicarse a más de un vehículo simultáneamente por la misma persona beneficiaria. Si ya tienes un coche exento y quieres aplicar la exención a otro, normalmente tendrás que renunciar primero a la exención anterior.

Documentos necesarios para solicitar la exención del impuesto de circulación

Antes de presentar la solicitud, conviene preparar toda la documentación. Así evitas requerimientos posteriores y retrasos en la concesión de la exención.

  • DNI, NIE o CIF de la persona solicitante.
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Ficha técnica o tarjeta ITV del vehículo.
  • Matrícula del vehículo para el que se solicita la exención.
  • Certificado o resolución de discapacidad igual o superior al 33 %.
  • Declaración de uso exclusivo del vehículo para la persona con discapacidad.
  • Declaración de no disfrutar de la exención en otro vehículo, si el ayuntamiento la exige.
  • Formulario municipal de solicitud de exención del IVTM.
  • Acreditación de representación, si el trámite lo hace otra persona.
Consejo práctico:

Si el coche es nuevo y todavía no está matriculado, pregunta en el ayuntamiento antes de pagar la autoliquidación. En algunos municipios se puede solicitar la exención antes o durante el trámite de matriculación.

Cómo solicitar la exención del IVTM por discapacidad paso a paso

1. Comprueba que tienes reconocida la discapacidad

El primer paso es tener una resolución o certificado oficial que reconozca la discapacidad. En la mayoría de casos, el grado debe ser igual o superior al 33 %.

Si no tienes el certificado actualizado, conviene pedirlo antes de iniciar el trámite municipal. Algunos ayuntamientos pueden consultar la información si autorizas la comprobación, pero no siempre ocurre igual.

2. Revisa que el vehículo esté a nombre de la persona beneficiaria

El vehículo debe estar correctamente matriculado y vinculado a la persona que solicita la exención. Si el coche está a nombre de otra persona, revisa antes la ordenanza municipal porque puede haber diferencias según el caso.

3. Busca el trámite en la sede electrónica del ayuntamiento

En la web municipal suele aparecer con nombres como:

  • Exención del IVTM por discapacidad.
  • Exención impuesto de circulación discapacidad.
  • Solicitud de exención del Impuesto sobre Vehículos.
  • Exención para vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad.
  • Beneficios fiscales IVTM discapacidad.

Si no encuentras un trámite específico, puedes presentar una instancia general dirigida al área de tributos, recaudación o gestión tributaria.

4. Rellena la solicitud

Indica los datos de la persona titular, la matrícula, el domicilio, el motivo de la exención y la declaración de uso exclusivo del vehículo. Si ya tienes otro vehículo exento, tendrás que renunciar a esa exención antes de solicitarla para el nuevo vehículo.

5. Adjunta la documentación

Sube el certificado de discapacidad, el permiso de circulación, la ficha técnica y las declaraciones responsables que pida el ayuntamiento. Si haces el trámite presencialmente, lleva copias y originales.

6. Guarda el justificante

Una vez presentada la solicitud, guarda el justificante de registro. Presentar la solicitud no significa que la exención esté concedida automáticamente. El ayuntamiento debe revisarla y resolverla.

Desde cuándo se aplica la exención del impuesto de circulación

Este punto es muy importante. En muchos ayuntamientos, si el vehículo ya está matriculado, la exención puede tener efectos a partir del ejercicio siguiente al de la solicitud. En otros casos, especialmente en vehículos nuevos, puede gestionarse antes o durante la matriculación.

SituaciónCuándo puede aplicarseQué conviene hacer
Vehículo nuevo sin matricularPuede solicitarse antes o durante la matriculaciónConsultar el trámite municipal antes de pagar.
Vehículo ya matriculadoPuede aplicarse desde el ejercicio siguienteSolicitarla cuanto antes para no perder el próximo año.
Cambio de vehículoHay que tramitar una nueva solicitudRenunciar a la exención del vehículo anterior si sigue activa.
Solicitud fuera de plazoPuede no afectar al recibo ya emitidoRevisar si el ayuntamiento permite devolución o solo efectos futuros.

Por eso no conviene esperar al último momento. Si tienes derecho a la exención, lo mejor es solicitarla en cuanto tengas la documentación completa.

Casos habituales de impuesto de circulación y discapacidad

Tengo una discapacidad del 33 %, ¿pago impuesto de circulación?

Si tienes una discapacidad igual o superior al 33 %, puedes solicitar la exención del IVTM siempre que cumplas el resto de requisitos: vehículo a tu nombre, uso exclusivo y no tener otro vehículo exento al mismo tiempo.

El coche lo conduce un familiar, ¿puedo pedir la exención?

Sí puede ser posible si el vehículo está destinado al transporte de la persona con discapacidad y cumple los requisitos exigidos por el ayuntamiento. No siempre es obligatorio que conduzca la persona beneficiaria.

¿Qué pasa si tengo dos coches?

La exención no puede aplicarse a dos vehículos simultáneamente por la misma persona beneficiaria. Si tienes dos coches, tendrás que elegir en cuál quieres aplicar el beneficio fiscal.

He cambiado de coche, ¿se cambia automáticamente la exención?

No. Normalmente tendrás que solicitar la exención para el nuevo vehículo y, si corresponde, renunciar a la del vehículo anterior.

¿La exención sirve para el impuesto de matriculación?

No es el mismo impuesto. El IVTM depende del ayuntamiento y se paga cada año. El impuesto de matriculación es otro tributo diferente. Una persona con discapacidad puede tener beneficios en ambos, pero se tramitan de forma distinta.

¿Un coche adaptado siempre está exento?

No necesariamente. Que un vehículo esté adaptado no significa que la exención se aplique sola. Debe cumplirse la normativa del IVTM y debe existir una solicitud aprobada por el ayuntamiento.

Errores frecuentes al pedir la exención del IVTM por discapacidad

Pensar que se aplica automáticamente

Es el error más común. Aunque tengas reconocida la discapacidad, el ayuntamiento necesita una solicitud para conceder la exención.

No revisar el titular del vehículo

Si el coche no está a nombre de la persona beneficiaria, puede haber problemas. Antes de presentar la solicitud, comprueba el permiso de circulación.

Creer que sirve para todos los vehículos de la familia

La exención se vincula a una persona beneficiaria y a un vehículo concreto. No sirve para cualquier coche de la unidad familiar.

No renunciar a la exención anterior al cambiar de coche

Si ya tienes otro vehículo exento, el ayuntamiento puede denegar la nueva solicitud hasta que renuncies al beneficio anterior.

Confundir movilidad reducida con VMP

Un vehículo para personas de movilidad reducida no es lo mismo que un patinete eléctrico o un vehículo de movilidad personal. La normativa técnica distingue estas categorías.

Presentar la solicitud tarde

Si presentas la solicitud cuando el recibo ya está emitido, puede que la exención no tenga efecto hasta el año siguiente. Depende del ayuntamiento y del momento en que se tramite.

Modelo de texto para solicitar la exención del Impuesto de Circulación

Si el formulario municipal incluye un campo de observaciones o si presentas una instancia general, puedes usar este texto como base:

D./Dña. [NOMBRE Y APELLIDOS], con DNI/NIE [NÚMERO], solicita la exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al vehículo con matrícula [MATRÍCULA], al tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33 % y destinarse dicho vehículo a su uso exclusivo.

Declara asimismo que no disfruta de la exención del IVTM por discapacidad en ningún otro vehículo, o que solicita la renuncia de la exención correspondiente al vehículo con matrícula [MATRÍCULA ANTERIOR], si procede.

Se adjunta la documentación acreditativa requerida por la ordenanza municipal.

Antes de enviarlo, cambia los datos entre corchetes y revisa que la matrícula coincida exactamente con la del permiso de circulación.

Enlaces útiles relacionados

Si estás revisando el IVTM de un vehículo para una persona con discapacidad o movilidad reducida, también pueden interesarte estas guías:

Preguntas frecuentes sobre la exención del impuesto de circulación por discapacidad

¿Las personas con discapacidad pagan impuesto de circulación?

Las personas con discapacidad igual o superior al 33 % pueden solicitar la exención del impuesto de circulación si el vehículo cumple los requisitos y se destina a su uso exclusivo o transporte.

¿Qué grado de discapacidad hace falta para no pagar el IVTM?

Con carácter general, se exige tener reconocida legalmente una discapacidad igual o superior al 33 %.

¿La exención del IVTM por discapacidad es automática?

No. Hay que solicitarla en el ayuntamiento que gestiona el impuesto. La presentación de la solicitud no implica la concesión automática.

¿Dónde se solicita la exención del impuesto de circulación por discapacidad?

Se solicita en el ayuntamiento donde esté domiciliado el vehículo a efectos del IVTM, normalmente a través de la sede electrónica municipal o en oficinas de registro.

¿Puede conducir el coche otra persona?

Sí puede ser posible si el vehículo está destinado al transporte de la persona con discapacidad y se cumple el requisito de uso exclusivo. Conviene revisar el criterio del ayuntamiento.

¿Puedo tener dos coches exentos por discapacidad?

No. La exención no puede aplicarse a más de un vehículo simultáneamente por la misma persona beneficiaria.

¿Qué documentos necesito para pedir la exención?

Normalmente se pide DNI o NIE, permiso de circulación, ficha técnica, certificado de discapacidad, matrícula del vehículo, declaración de uso exclusivo y formulario municipal.

¿Un coche adaptado está siempre exento del impuesto?

No necesariamente. Aunque el coche esté adaptado, la exención debe solicitarse y cumplir los requisitos legales y municipales.

¿Qué pasa si cambio de coche?

Normalmente hay que presentar una nueva solicitud para el nuevo vehículo y renunciar a la exención del vehículo anterior si seguía activa.

¿La exención se aplica desde el mismo año?

Depende del ayuntamiento y del momento de solicitud. En vehículos ya matriculados, muchos municipios la aplican desde el ejercicio siguiente.

¿Es lo mismo discapacidad que movilidad reducida?

No exactamente. La discapacidad es una situación reconocida oficialmente, mientras que movilidad reducida puede referirse a una limitación concreta de movilidad o a una categoría técnica de vehículo.

¿La exención del IVTM también elimina el impuesto de matriculación?

No. El IVTM y el impuesto de matriculación son impuestos diferentes. Cada uno tiene sus propios requisitos y trámite.

Conclusión: cómo no pagar el IVTM por discapacidad o movilidad reducida

La exención del impuesto de circulación por discapacidad puede suponer un ahorro importante cada año. Si tienes reconocida una discapacidad igual o superior al 33 %, el vehículo está a tu nombre y se usa para tu transporte o uso exclusivo, puedes tener derecho a no pagar el IVTM.

La clave está en no esperar a que el ayuntamiento lo aplique por sí solo. Revisa los requisitos de tu municipio, prepara la documentación y presenta la solicitud cuanto antes. Si se concede, la exención quedará vinculada a ese vehículo y evitarás pagar un recibo que, en muchos casos, no corresponde.

Fuentes oficiales

Autor: ImpuestoCirculacion.es · Última revisión automática: julio 2026

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